viernes, 29 de mayo de 2009

La prueba diabolica, la muerte y sus imagenes en la Mala Praxis Medica

Esta obra titulada "Fibras al descubierto de un corazon desgarrado. La Prueba "diabolica" en los casos de Mala Praxis Medica esta amparada por el art. 7º. del Decreto Reglamentario de la Ley sobre Derecho de Autor y debidamente inscripta en el libro 29 del Registro de Derecho de Autor con el Nº 791 en fecha 20 de Octubre del año 2004.

Si es de su interes adquirir esta obra total o parcialmente puede solicitarlo enviando un e-mail a malapraxis1989@gmail.com en cuyo caso la recibira personalmente en formato digital.

El trabajo contiene las reflexiones y opiniones personales de un Abogado y Docente que fue víctima de un caso de mala praxis médica. Y que posteriormente ejerció su propia defensa ante la Justicia Civil para intentar responsabilizar a cinco Médicos y a la Mutualista, logrando –luego de casi 10 años- una sentencia de condena respecto a la conducta de uno de los galenos, dictada por la Suprema Corte de Justicia en vía de casación. Por dicha sentencia la Corte por unanimidad de sus miembros anuló parcialmente la de segunda instancia dictada por los tres Ministros del Tribunal de Apelaciones, sin discordia, y en su lugar se dictó una nueva sentencia definitiva.
En el transcurso del proceso judicial (a resultas de su tramite) se revelará que, a causa de las múltiples patologías y gravísimas enfermedades que padeció durante más de un año, quedó con secuelas psico orgánicas, cardiológicas y neurológicas. Las primeras le ocasionaron un severo síndrome ansioso depresivo que le afecta en todas las áreas de su existencia, social, familiar, laboral y recreativa, no así la intelectual, las segundas, un deterioro cardiológico de entidad y progresivo que le estaría provocando la muerte total y, las terceras, una paresia braquial izquierda que puede acentuarse con el transcurso del tiempo.

En su fuero íntimo la víctima posee el pleno convencimiento que su intento por responsabilizar a cinco Médicos, ya sea por culpa leve, grave o gravísima, tuvo fundamento válido científico. Entre otros hechos, se le reveló por la contestación a su demanda y los descargos que formularon los profesionales de la Salud. En lo esencial, por ejemplo, el Médico de Medicina General que lo asistiera inicialmente diagnosticando una hepatitis virus A negó que en el transcurso del tratamiento por él indicado la hepatitis hubiera “repiqueteado”; el Especialista Gastroenterólogo que le dio el alta por esta enfermedad también negó la involución de la cura de la dolencia; el Médico de Medicina General que le asistió en el Servicio de Emergencia de la Mutualista aseguró que como parte de sus indicaciones ordenó un electrocardiograma que en la Emergencia se le practicó al paciente; el Médico Especialista Fisiatra que concurrió a domicilio a ver al paciente negó que le diera el alta del tratamiento fisioterapéutico que hasta entonces se practicaba para la recuperación de la paresia y las contracturas musculares que se padecían ; y, finalmente, el Médico Especialista Cardiólogo que inicialmente atendió a la víctima en Sanatorio y domicilio ordenando el suministro de un antiarrítmico (“Tambocor”) aseguró que efectuó una estricta vigilancia de la terapia antiarrítmica durante el lapso requerido científicamente y que empleó todas las técnicas disponibles a su alcance, según el estado de los conocimientos científicos, para controlar y hacer el seguimiento correspondiente de la eficacia del medicamento, el que, eventualmente, podía ser sustituido, en caso de constatarse no ser el adecuado al estado del paciente.

Y todas éstas alegaciones y descargos, por ser erróneos y no ajustados a la realidad de los hechos vividos por la víctima, al presente despiertan la absoluta certeza de haber procedido correctamente en defensa de su derechos, al demandarles ya sea, -reiteramos- por haber asistido al paciente con culpa leve, grave o gravísima.

La Justicia, convocada a expedirse sobre el proceder de tres de los Médicos involucrados –en razón de que los otros dos fueron excluidos del litigio posteriormente - ya emitió su dictamen final.
El autor y víctima cree que le asiste el derecho de divulgar sus reflexiones personales al respecto, con el único propósito de hacer un minúsculo aporte a la temática y problemática de la mala praxis médica; los obstáculos, limitaciones y dificultades de la víctima y la propia Justicia en cuanto hace referencia a su prueba fehaciente; el Super Corporativismo Médico y la situación de la Clase Médica; así como los derechos y obligaciones del acreedor de los servicios de asistencia médica, y por último, las vivencias e imágenes en torno a la muerte transcriptas por quien estuvo -y está aún- sumergido en ella.

La narración se basa en su caso real y se subdivide en varias partes.

En la primera se efectúan apreciaciones respeto al Super corporativismo médico (los excesivos lazos de solidaridad profesional de la Clase Médica) y a las dificultades, obstáculos y limitaciones del profano en materia probatoria (“la prueba diabólica”, como la califica el prestigioso doctrino Gustavo Ordoqui) en caso que la víctima se proponga responsabilizar civil o penalmente a los Médicos. Tomando, como eje del razonamiento y de los consejos que en materia estratégica procesal se vierten, lo acaecido en el caso concreto.

En la segunda, con el fin de que el lector extraiga sus propias conclusiones, se relatan los hechos de vida que precedieron y los que fueron posteriores al los dos infartos casi sucesivos que cursó el autor (uno, con muerte durante su producción), haciendo referencia a la asistencia médica “realmente” prestada y a la sobre-vida del hombre muerto-vivo que nació luego de los ataques cardiacos y sus complicaciones. Para lo cual, y muy a su pesar, no se visualizó otra vía que la de relatar los aconteceres de vida y sobre-vida de la víctima que premonizó su propia muerte. El epicentro de esta narración –dirigida además a quienes practican la ciencia médica- se encuentra en las vivencias, reflexiones e imágenes en torno al contacto con la muerte.

En la tercera parte, se efectúa una trascripción textual del proceso judicial en su primera instancia, centralizándose en los escritos de demanda, contestación de ella por la Mutualista, sentencia definitiva de primer grado y, en especial, en los elementos de prueba allegados al litigio por las partes y el Magistrado.

En la cuarta parte, se recogen las alegaciones de las partes efectuadas ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil, la prueba incorporada por la parte actora y la sentencia definitiva de segunda instancia.

En la quinta parte, se transcriben el recurso de casación del demandante ante la Suprema Corte de Justicia, su contestación por la parte contraria, el informe “in voce” efectuado y la sentencia final, de la Corte.

Finalmente, en la sexta, el trabajo se complementa con el texto de cartas, informes periodísticos y documentos médicos relacionados con el caso concreto. Asimismo, con objeto de dar una visión global de la temática de mala praxis médica, se hace mención a los debates en nuestro medio sobre la responsabilidad civil y penal de los galenos; las normas legales y reglamentarias básicas vigentes aplicables en los casos de mala praxis médica y conclusiones sobre Políticas de Salud y Sistema Nacional de Salud emergentes de la 8ª. Convención Médica Nacional, así como las coberturas de los Médicos mediante el seguro. Todo ello teniendo en cuenta que, en lo medular, se trabajó con anterioridad a la instauración del Sistema Integrado de Salud y otras reformas y modificaciones legislativas o decretadas por el Ministerio de Salud Pública

El autor pretende dar su personal enfoque para la comprensión, explicación y eventual disminución o amortiguación de los numerosos casos de mala praxis médica; para intentar que se instrumenten medios y estrategias con el fin de paliar “la diabólica prueba” que tiene el deber de aportar a la Justicia quien se proponga hacer efectiva la responsabilidad de los Médicos; y para constatar y comprender las dificultades, obstáculos y limitaciones de la propia Justicia al juzgar éstos casos, así como la situación de la Clase Médica en el Uruguay en cuanto hace referencia a las actuales Políticas de Salud- Sistema Nacional Integrado de Salud.

No hay un culpable, menos aún un responsable.
A todos, y a cada uno de nosotros, nos cabe una cuota de participación en la proliferación exagerada de las conductas imprudentes, imperitas, negligentes o violatorias de leyes o reglamentos que configuran la mala praxis médica.
Empero ¿ a quién o a quienes les cabe la mayor y significativa culpabilidad o responsabilidad….?
Mediante éstas páginas, es probable –quizás- que el lector se encuentre en mejores condiciones de responder a esta interrogante.

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